Pedro Caminos sobre el fallo por los audios: “Es un acto de censura previa”
En “Desconfiados”, el abogado constitucionalista resaltó que la decisión del juez Maraniello viola la Carta Magna y puntualizó que la Corte siempre rechaza este tipo de fallos porque “entiende que son actos de censura”.
El abogado constitucionalista Pedro Caminos, presidente de la Asociación Civil de Estudios Constitucionales (ACEC), dijo que el fallo que impide la difusión de las presuntas grabaciones de conversaciones de la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, “es un acto de censura previa” y no se sostendrá en la Corte porque el máximo tribunal “deja sin efecto consistentemente” este tipo de decisiones.
En diálogo con “Desconfiados”, al aire de Cadena Río FM 88.7, Caminos dijo que el fallo del juez Alejandro Maraniello “es un acto de censura previa que está prohibido por la Constitución” porque no se cumplen los “supuestos muy excepcionales” que, para la ley argentina, justifican que se impida la difusión de información.
“Estos supuestos son excepcionalísimos y de interpretación muy rigurosa. Está completamente prohibido vedar la difusión de información. En materia de libertad de expresión puede, sí, haber responsabilidades de parte de quien difunde información, pero siempre son posteriores a la difusión, nunca previas”, explicó el letrado.
Caminos señaló que aunque “ocasionalmente uno encuentra jueces que toman este tipo de decisiones equivocadas”, como el muy sonado caso de la jueza federal María Servini de Cubría que logró la censura previa de la difusión de material en el programa de Tato Bores aduciendo una llamada anónima, “la Corte Suprema, de manera consistente, siempre las deja sin efecto, porque entiende que son actos de censura y violatorios de la libertad de expresión”.
El especialista dijo también que el fallo de Maraniello, además, es “difícil de interpretar”, porque se refiere específicamente a audios grabados en la Casa Rosada y “los audios no vienen con un cartelito que dice en dónde fueron grabados”, por lo que un periodista “podría de buena fe decir que no lo sabe”.
Además, “también habla de los audios ‘anunciados’, pero ¿qué pasa si son audios a los que uno accede después?, ¿cómo sabe uno cuáles son los audios a los que hizo referencia Mauro Federico?”, se preguntó Caminos. “Es una decisión bastante defectuosa, incluso para cumplir con el objetivo que pretende, porque, en definitiva, el juez no escuchó los audios”, concluyó.
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