Así lo dictaminó el Juzgado Contencioso Administrativo Nº9, que dio curso positivo a la medida cautelar presentada por AFSCA
A partir de una medida cautelar presentada por la presidencia del directorio de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), el Juzgado Contencioso Administrativo número 9 dictaminó que la empresa Cablevisión S.A. tendrá que cumplir con la grilla de canales establecida en el artículo 63 de la Ley de Medios.
El juzgado a cargo de Pablo Cayssials, resolvió ordenar a Cablevisión S.A. ‘a disponer su grilla tal cual lo establece el artículo 63 de la Ley 26.522. Entre otras cosas, Cablevisión deberá ordenar la grilla conforme el género de cada programación; por ejemplo: señales destinadas a programas infantiles, educativos e informativos, ubicadas en forma correlativa; dar prioridad a las señales del Estado como así también a las señales locales, regionales y nacionales.